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Guía para el pequeño accionista ante una ampliación de capital
Identificar compañías sólidas (blue chips) y destinar una parte de los ahorros a comprar acciones de las mismas en bolsa es una de las prácticas más habituales de los ahorradores españoles.
Según los informes anuales publicados por BME, podemos afirmar que en torno al 25 % del ahorro privado en España está invertido en renta variable (unos 2 billones de euros), siendo las familias propietarias del 25 % de las acciones que cotizan en la Bolsa española. Bien sea de forma indirecta, mediante la participación en Fondos de Inversión o Planes de Pensiones, o bien de forma directa mediante la compra y tenencia de acciones (sobre un 8 % del ahorro estaría invertido de esta forma).
Las acciones reportan a sus titulares dos fuentes principales de beneficio:
Pero cuando los ahorradores son titulares directos de las acciones de las compañías cotizadas, y como propietarios de una parte de la misma, tendrán que encarar en determinadas ocasiones la decisión de la alta dirección y del Consejo de Administración de dicha empresa de realizar una ampliación de capital, y se hace necesario que comprendan qué es, cómo funciona y como afecta a su patrimonio, a fin de que puedan tomar las decisiones adecuadas.
¿Qué es una ampliación de capital?
Se trata de un método de financiación de las empresas, para captar fondos sin recurrir al endeudamiento. Así, cuando los administradores de la empresa determinan que es necesario que entre dinero en la compañía (normalmente para reforzar fondos propios, para hacer frente a nuevas inversiones o proyectos, para cubrir pérdidas, o bien para amortizar deuda con terceros) y entienden que no corresponde pedir este dinero a un acreedor (Banco, Fondo de Inversión, o prestamista análogo; mediante un préstamo, crédito u forma de financiación análoga) recurrirán a pedir dicho dinero a sus propios accionistas.
Esta solicitud de fondos a sus accionistas se realiza mediante la ampliación del capital social, emitiendo nuevas acciones. Se pone un valor a estas nuevas acciones, resultado de dividir el dinero que se necesita entre el número de nuevas acciones, y los compradores de estas nuevas acciones se convertirán en nuevos accionistas de la empresa, cubriendo con el dinero que desembolsan por las mismas el importe requerido para su financiación por parte de la empresa. Así por ejemplo, si una empresa necesita 100 millones de euros y decide realizar una ampliación de capital, puede emitir 100 millones de acciones, valoradas en 1 euro cada una, a fin de recaudar dichos fondos.
Efecto Dilución
Las ampliaciones de capital en las grandes compañías cotizadas tienden a tener un efecto de dilución de su valor de cotización previo a la ampliación.
Si la empresa de nuestro ejemplo anterior cotizaba en bolsa a 0, 7 € por acción, y tenía antes de la ampliación 100 millones de acciones, su valor en bolsa sería de 70 millones de euros. Si amplia capital hasta los 200 millones de acciones (100 MM de acciones antes de la ampliación, más 100 MM de nuevas acciones) el valor de cada una de sus acciones en bolsa sería de 0, 35 € después de la ampliación (70 MM de € dividido entre 200 MM de acciones).
Así por tanto en nuestro ejemplo, si un accionista no acude a la ampliación de capital, comprando una nueva acción por cada antigua acción, verá reducido el valor de su participación después de la ampliación.
De la misma manera funcionaría en cuanto al valor contable o valor en libros de la acción. Si el patrimonio de esta empresa de nuestro ejemplo es de 200 millones, cada acción antes de la ampliación valdría 2 € (200 MM de € entre 100 MM de acciones), mientras que después de la ampliación (donde la compañía pasa a tener 300 MM de fondos, pero 200 MM de acciones) cada acción valdría 1, 5 € según libros. Es decir, el accionista que no compre nuevas acciones verá el valor de su acción reducido un 25 %.
De la misma manera, su voto y participación se diluyen si no acuden a la ampliación. Siguiendo con el mismo ejemplo, cuándo la empresa tenía 100 MM de acciones y representando cada acción un voto en la Junta de Accionistas, el accionista que no suscriba en su totalidad la ampliación de capital pasará a tener la mitad de votos en la Junta, dado que si por ejemplo un accionista de esta empresa tiene 1 millón de acciones, tendrá antes de la ampliación el 1 % de los votos, en tanto que de no suscribir la ampliación y tras la misma tendrá el 0, 5 % de los votos (1 MM de acciones que posee entre 200 MM de acciones tras la ampliación).
Las emisiones pueden ser a la par o con prima de emisión
Derechos de adquisición preferente
Para los actuales accionistas se suele otorgar un derecho a adquirir las nuevas acciones con preferencia ante un inversor ajeno. Esto trata de proteger a los actuales accionistas según lo expuesto en el apartado anterior, para que puedan suscribir la ampliación antes que un tercero y no vean reducida su participación en la propiedad de la compañía, así como para proteger igualmente el valor de su inversión.
Estos derechos de adquisición preferente pueden utilizarse por el accionista para acudir a la ampliación, pero también pueden venderse a un tercero, que adquirirá los mismos para acceder con preferencia a dicha ampliación.
El valor teórico de estos derechos de adquisición preferente equivaldría a la diferencia entre la cotización de las acciones antes de la ampliación, y la cotización teórica de las acciones de la compañía tras la ampliación de capital:
La cotización teórica tras la ampliación sería la media ponderada de las acciones antiguas (número de acciones antiguas exigidas por cada nueva acción -o dicho de otra forma número de acciones antiguas a las que corresponde un derecho de adquisición preferente- multiplicado por su valor de cotización) y de las acciones nuevas (número de acciones nuevas correspondientes a un derecho de adquisición preferente).
M = número de acciones antiguas por cada derecho de adquisición preferente
C´= valor de cotización antes de la acción
C´´=valor teórico de cotización tras la ampliación
n = número de acciones nuevas a recibir a un cierto precio de emisión por cada derecho
E= precio de emisión de las nuevas acciones a adquirir con el derecho preferente
Además en el caso de las compañías que cotizan en Bolsa, estos derechos pueden cotizar también, con lo cual podrán llegar a tener un valor en el mercado superior o inferior a su valor teórico, si bien el valor de cotización tendería a igualarse al valor teórico.
Pongamos un ejemplo de una empresa con 100.000.000 acciones que cotizan en Bolsa a 2 euros, y que para captar 10.000.000 € a fin de acometer un nuevo proyecto decide ampliar su capital en 10.000.000 acciones nuevas con un valor de adquisición unitaria de 1 euro. A cada accionista actual se le concede un derecho de adquisición preferente por cada 10 acciones antiguas (100.000.000/10.000.000). El valor teórico de cotización de cada acción será de 1, 91 € (((10*2)+(1*1))/(10+1)). Por tanto el valor teórico de cada derecho de adquisición preferente sería de 0, 09 € (2-1, 91).
Los accionistas antiguos pueden realizar tres estrategias distintas, en función de su análisis de la nueva inversión, y de sus preferencias o posición de liquidez:
Tipos de emisión de las nuevas acciones.
Las acciones nuevas se pueden emitir por un valor de emisión determinado que corresponda a su valor nominal. En este caso, como hemos visto, el nuevo titular que no sea accionista y quiera acudir a la ampliación tendría que abonar el valor de los derechos de suscripción preferente necesarios para comprar las nuevas acciones, más el valor de emisión de las nuevas acciones.
Pero también se pueden dar las siguientes situaciones:
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