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Nuevas consultas incorporadas en el Informa durante el mes de septiembre
Posted by Bartolomé Borrego Zabala on 7 octubre 2015 · 1 Comentario
El programa Informa de la Agencia Tributaria no se detiene, y todos los meses incorpora nuevas consultas sobre multitud de temas relacionados con dudas y cuestiones que suelen plantearse a los contribuyentes. Así, durante el mes de septiembre ha incluído nuevas cuestiones sobre los temas que os detallo a continuación:
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS.
IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO.
Aplicación de la exención en la gestión de fondos de inversión a los servicios de asesoramiento sobre inversiones financieras prestados a Instituciones de Inversión Colectiva.
Lugar de realización de los mismos así como obligaciones fiscales para las partes implicadas en dichos trabajos.
Sujeto pasivo en la adquisición de una nave industrial como consecuencia de una ejecución hipotecaria.
Requisitos que deben cumplir para la aplicación del tipo reducido del 10 %.
IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES.
AGRUPACIONES DE INTERÉS ECONÓMICO Y UTES
Datos que deben figurar en la relación de socios que acompaña a las declaraciones de las Agrupaciones en régimen especial
MONTES VECINALES EN MANO COMÚN
Los Inspectores Jefes son competentes para instruir y resolver estos procedimientos.
AMORTIZACIONES
Se amortizarán según el método que se venía utilizando y durante el período de vida útil que reste.
Métodos de amortización de los elementos del inmovilizado material o de las inversiones inmobiliarias que se adquieran usados.
Los elementos del inmovilizado material e inversiones inmobiliarias se amortizan desde que su puesta en condiciones de funcionamiento. Los elementos del inmovilizado intangible, desde que estén en condiciones de producir ingresos.
El inmovilizado intangible con vida útil definida se amortizará atendiendo a la duración de la misma. Régimen no aplicable a activos adquiridos en periodos iniciados antes del 1 de enero de 2015 a empresas del grupo.
El período máximo de amortización establecido por las tablas no se modifica por el hecho de que el bien adquirido fuese usado
Se recogen los datos que debe contener la solicitud de un plan especial de amortización de elementos patrimoniales del inmovilizado material, intangible o inversiones inmobiliarias
La resolución de los planes de amortización de elementos patrimoniales deberá producirse en tres meses, contados desde que la solicitud tuvo entrada en el órgano competente. Transcurrido dicho plazo sin resolución expresa se entenderán aprobados.
Los planes de amortización aprobados podrán aplicarse a otros elementos idénticos cuya amortización vaya a comenzar antes del transcurso de 3 años desde la fecha de notificación del acuerdo de aprobación del plan.
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