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Está pensada para las titulaciones de Capitán de Yate, Patrón de Yate y Patrón de embarcaciones de recreo, siempre dentro del ámbito de las aguas territoriales españolas, compuestas hasta las 12 millas de la costa
El Ministerio de Fomento ha realizado recientemente el borrador de un Real Decreto por el que, si continúa adelante, se van a establecer habilitaciones para el ejercicio profesional a bordo de embarcaciones de recreo.
Gracias a estas nuevas habilitaciones se prestarían servicios tales como el transporte de personas y cosas, a través de embarcaciones de recreo y con destino a embarcaciones de recreo fondeadas en aguas interiores marítimas, con el objetivo de la realización de excursiones marítimas y/o de pesca, así como para prestar servicios como tripulación. El texto del proyecto indica que para obtener esta habilitación profesional, se deberá efectuar el curso básico de seguridad, en un centro reconocido por la Dirección General de la Marina Mercante. Este curso consta de 70 horas lectivas de las cuales 25 son de prácticas de supervivencia en la mar; contra incendios; primeros auxilios y seguridad en el trabajo.
Cuando se adquiriera la habilitación, los nuevos titulares podrán realizar una serie de actividades, en correspondencia con el tipo de titulación náutica. Así, los capitanes de yate podrán manejar embarcaciones menores de 24 metros y hasta una distancia máxima de 10 millas desde el puerto; el número de pasajeros no podrá superar las 6 personas. En el caso de los patrones de yate, éstos podrán operar embarcaciones menores de los 24 metros, siendo la distancia máxima a la que pueden tripular, de unas 8 millas desde el puerto. Si bien, el número de pasajeros también deberá no ser superior a 6 personas. Por último, los patrones de recreo tripularán embarcaciones de hasta 15 metros y con una distancia máxima de 5 millas del puerto; igualmente, el número de personas a bordo no podrá superar a las 6 personas.
Este nuevo real decreto modificaría también el reciente RD 875/2014 en el sentido de que se podrá gobernar motos náuticas de cualquier potencia con la Licencia de navegación.
Espero que esta información haya resultado del interés de todos los apasionados a la navegación.
Saludos cordiales,
Fuente: boletinpatron.com