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Reflexiones sobre el Caso Santana Alcántara - Boció Nova. Visión jurídica

23/03/2013 09:50 0 Comentarios Lectura: ( palabras)

Tema: Accidente de tránsito en la noche del 20 de marzo de 2013, durante la celebración del triunfo dominicano en el Clásico Mundial de Beisball ocasionando cinco víctimas, de los cuales tres fueron fatales

Reflexiones sobre el Caso Santana Alcántara - Boció Nova. Visión jurídica.

Dra. Bertha Byas

Comisión Jurídica de FundaReD

Rep. Dominicana

23 de marzo de 2013.

Tema: Accidente de tránsito en la noche del 20 de marzo de 2013, durante la celebración del triunfo dominicano en el Clásico Mundial de Beisball ocasionando cinco víctimas, de los cuales tres fueron fatales.

Hemos estado muy preocupados viendo como cada día las situaciones catastróficas por accidentes de tránsito cobra más y más vidas...

Cada accidente tiene un modus operandis diferente por parte del infractor; la realidad es que cada accidente es más terrible cada día, con infracciones en los cuales los que aplican la ley cada vez indiferente, desprecian el derecho y la seguridad de las personas.

Rediciéndonos en particular al nuevo caso que ha traído el luto a la familia Santana, donde un joven de 20 años, sin licencia de conducir, produjo tres víctimas fatales conmocionando la sociedad dominicana en días de celebración y jubilo.

En el manejo del sistema de autoridad se denota la inseguridad y falta de medidas adecuadas para regularizar este estado de cosas en el sistema vial de nuestro país.

Es penoso y preocupante ver como hoy una familia se sume en el dolor y reclama justicia por tan trágica y terrible tragedia.....y vemos además como un joven de 20 años hoy se ve en esta situación por falta de educación sobre el tema de seguridad vial. Sin que mencionemos las secuelas de orden económico y de atención clínica que se desprenden en casos como este.

Sin embargo, independientemente de estos factores y fallas que he mencionado y que están claramente evidenciadas en este caso, lo notorio y alarmante ha sido la manera indiferente con que la justicia lo ha enfrentado demostrando:

Desatino e impudencia en la decision de una jueza

a) falta de autoridad

b) prevalecer la impunidad.

Es lamentable el desconocimiento imperante en lo que se refiere a esta ley 241 sobre tránsito terrestre en la República Dominicana. Razón por la cual los ciudadanos se limitan a quejarse diciendo que tenemos que endurecer la ley y como no la conocemos no podemos ejercer los recursos que nos facultan.

La Ley 241 y sus leyes Complementarias, en cuanto a sanciones, se considera completa; por ejemplo en este caso donde el joven incurrió en un evidente manejo temerario violando el art. 65, queda claro en cuanto a las sanciones por su violación....imponer prisión, además de multa y suspensión de licencia.

Otra violación fue el exceso de velocidad señalado en el art.61 que también impone prisión. La violación al art. 29 sobre la no conducción sin porte de licencia de conducir; violación al art. 47 sobre actos prohibidos; la violación al art. 49 sobre golpes y heridas, en este caso que causaron la muerte (párrafo 1) la sanción que se impone en bajo esta situación, es de prisión de dos a cinco años y multas.....

Pero si vemos la ley en el mismo art. 49 (párrafo 2) ley 241 sobre tránsito terrestre, leemos las facultades que tiene el Ministerio Público para solicitar al juez lo ante el código procesar penal, podía la jueza decidir al ordenar la prisión preventiva para estos casos.

En nombre de nuestra Fundación Red de la Dignidad, lamentamos que existiendo indicios suficientes para que la jueza acogiera el pedimento sobre prisión preventiva hecha por el Ministerio Público, no se procediera con prudencia, sino con desatino ante la sociedad y los familiares que aun no habían sepultado a sus muertos.

Más que por desconocimiento, pensamos que en la jueza primó libre albedrío en la toma de sus dediciones, pero que tampoco se diga que es por debilidad de la ley......Dejémosnos de impunidad!


Sobre esta noticia

Autor:
Mario Holguin Alvarez (114 noticias)
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1748
Tipo:
Opinión
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