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La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, presentó este jueves el acuerdo alcanzado con la patronal y los sindicatos para poner en marcha la largamente negociada ley de riders, cuyas conversaciones se han dilatado durante meses. El decreto, que se cerró a última hora del jueves, será aprobado en Consejo de Ministros en las próximas semanas, aunque Díaz no quiso concretar cuándo.
En la presentación, la ministra presumió de que la norma es "pionera en el seno de la UE", y aseguró estar satisfecha porque a "miles" de repartidores que trabajan para plataformas digitales les va a cambiar la vida "de manera radical". Estos son los detalles de la ley.
La novedad principal del decreto -que, pese a lo complejo de las negociaciones, es muy sencillo jurídicamente porque solo modifica tres aspectos del Estatuto de los Trabajadores- es precisamente esta: los repartidores que prestan sus servicios a través de plataformas digitales serán considerados trabajadores asalariados y no autónomos. Los riders consiguen así que se contemple en la ley lo que ya se había constatado en diferentes sentencias judiciales, y Díaz señaló que estos trabajadores "gozarán de todos los derechos, se cotizará por ellos y disfrutarán de toda la cadena de protección social" que corresponde a cualquier contribuyente.
La CEOE ha conseguido, no obstante, que una parte de los trabajadores que prestan servicios a través de plataformas digitales estén excluidos de esta ley. La norma considerará personal laboral a aquellas personas que presten "servicios retribuidos consistentes en el reparto o distribución de cualquier producto de consumo o mercancía", es decir, a todos los riders . Pero deja fuera a a los trabajadores que, por ejemplo, realizan tareas de limpieza del hogar o traducciones mediante encargo por medio de plataformas digitales del mismo estilo. Díaz, no obstante, se mostró este jueves dispuesta a añadir a nuevos colectivos más adelante.
Gobierno, patronal y sindicatos también han pactado que la representación de los trabajadores en cada empresa tenga derecho a tener acceso, al menos, a la parte del algoritmo de la plataforma digital que afecte a los trabajadores y sus condiciones laborales. A diferencia de lo que ocurre con la presunción de laboralidad, este aspecto de la ley sí beneficiará a todos los trabajadores de plataformas digitales, se dediquen al reparto de mercancías o a otras tareas.
Tal y como explicó Díaz, esta modificación busca "neutralizar" el riesgo de que las compañías puedan penalizar a través de su sistema informático a determinados riders por cuestiones de "rendimiento" o incluso "por desarrollar una huelga".
Las plataformas digitales que hasta ahora empleaban para sus repartos a falsos autónomos tendrán un plazo de 90 días para adaptar sus mecanismos y poner en orden los contratos. Eso sí: según matizó Díaz, los trabajadores "ya son personal laboral" desde el mismo momento en el que se apruebe el decreto, sin esperar a que se cumpla ese plazo de tres meses, por lo que si, por ejemplo, tienen un accidente laboral, tendrían derecho a recibir la cobertura social que corresponde a cualquier trabajador.
La ministra de Trabajo se limitó a señalar que serán "miles" de riders los beneficiados por la ley, ya que, aseguró, precisamente su situación de falsos autónomos ha imposibilitado hasta ahora tener una cifra concreta que refleje cuántas personas trabajan como repartidores para plataformas digitales. Según Díaz, el Gobierno espera que el hecho de que pasen a ser personal laboral "aflore" la cantidad total de riders que trabajan en España.
No. Pese a que en las últimas semanas se han producido algunas manifestaciones de riders que, contra la reivindicación mayoritaria, exigían poder seguir trabajando como autónomos, Díaz señaló este jueves que eso no será posible. El Tribunal Supremo, señaló la ministra, ha determinado que la relación que tiene un repartidor con la plataforma es de carácter laboral, y "nuestros tribunales dicen que no es elegible la naturaleza" de esta relación.
Las empresas de reparto que funcionan a través de apps han criticado muy duramente la norma. Este jueves, la Asociación de Plataformas de Servicios bajo demanda (APS), que engloba a plataformas como Glovo, Deliveroo, Uber Eats o Stuart, denunció que "las cesiones de la CEOE han sido totales" en la negociación de la ley de riders . "Lamentamos profundamente la posición que la CEOE ha tenido en la mesa del diálogo social, en la que ninguna de las propuestas del sector del reparto de comida a domicilio ha sido tenido en cuenta", denunciaron estas empresas, que criticaron especialmente la nueva obligación de poner en conocimiento de sus trabajadores la parte del algoritmo que afecta a sus condiciones laborales.
Por su parte, el colectivo Riders X Derechos tampoco se mostró de acuerdo con el texto porque, por ejemplo, no considerará asalariados a quienes presten servicios a través de plataformas diferentes a los de reparto. "Lo que ha hecho Trabajo nos parece una vergüenza y creemos que es nuestro deber denunciarlo", aseguró el colectivo, que denunció que Díaz ha "cedido a absolutamente todo lo que la patronal le ha pedido" y ha "suprimido todas las cuestiones propuestas por los trabajadores para que esta ley fuera más allá de los riders ".
Lo que ha hecho @empleogob nos parece una vergüenza y creemos que es nuestro deber denunciarlo.
Han cedido a absolutamente todo lo que la patronal les ha pedido.
Han suprimido todas las cuestiones propuestas por los trabajadores para que esta ley fuera más allá de los riders. Https://t.co/YvgGO1UaX6
? Riders x Derechos (@ridersxderechos) March 10, 2021