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¿A dónde van las recaudaciones fiscales de tránsito?

04/04/2015 11:40 0 Comentarios Lectura: ( palabras)

Reflexión sobre el uso de las recaudaciones por delitos de tránsito en la República Dominicana

¿A dónde van las recaudaciones fiscales de tránsito?

 Ing. Mario Holguín

Presidente Ejecutivo FundaReD

República Dominicana

4 de Abril de 2015

 

Si las multas se cobraran, del 2011 al 2014 cuando se registraron 1, 895, 178 infracciones en violación a la Ley de tránsito de la República Dominicana las recaudaciones fiscales serían por un monto equivalente a RD$2, 305 millones de pesos.

  

Sin embargo, la experiencia nos dice que menos de un 20% de dicho valor entran a las arcas del Estado, que en su mayor proporción se destina por disposición legal al uso insólito de mejorar las cárceles del país. Dos situaciones que nos llevan a la conclusión, de que el sistema de autoridad debe experimentar una reingeniería, que permita incluso, una adecuada utilización de esos recursos fiscales.

 A diferencia de los países con sociedad organizada que tienden a clasificar los delitos mediante un código de seguridad vial aplicable, transparente, justo y equitativo, las recaudaciones por violación de los mismos las utilizan para aminorar sus ocurrencias.

 En República Dominicana no existe ni nunca ha existido una ley de seguridad vial, sino leyes de retazos denominadas complementarias a la 241-67, que la convierten en infuncional.

 De manera que, si las multas pagadas por los que cometieran delitos contra la seguridad vial, serían, valga la redundancia, para mejorar la seguridad vial, proteger la vida de los que tienen derecho a desplazarse libremente por las calles. No para mejorarle las condiciones de vida a los infractores y violadores de las leyes.

La relación víctimas-siniestros-multas son variables en crecimiento anual

 Pero, resulta que la República Dominicana carece de una ley integral y estratégica de seguridad en la circulación aún cuando se verifica en los registros oficiales que las contravenciones impuestas por Autoridad Metropolitana de Transporte en mayor número están relacionadas con este tema.

 El gráfico siguiente evidencia claramente esta particularidad en los 16 delitos que conforman el 86.4% del total registrados en el 2014.

 Siendo la de más frecuente violación a la ley complementaria 114-99, que establece la obligatoriedad del uso del cinturón de seguridad mientras se conduce.

 

El 56.25% de las contravenciones más recurrentes fueron sobre seguridad vial.

El 25% de las contravenciones más recurrentes son de tránsito. 

El 12% de las contravenciones más frecuentes son de la combinación tránsito y seguridad vial.

El 6.25 % son de contravenciones de transporte y seguridad vial. 

Finalmente, otro fenómeno que nos llamaría a la reflexión es lo que tratamos de mostrar en el último gráfico, con la relación víctimas-siniestros-multas donde todas las variables están en crecimiento:

Las multas pagadas por los que cometen delitos contra la seguridad vial, debe ser para mejorar la seguridad vial, proteger la vida de los que tienen derecho a desplazarse libremente por las calles

 


Sobre esta noticia

Autor:
Mario Holguín (217 noticias)
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Tipo:
Opinión
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